Prado Concejo

Prado comunal que se siega en septiembre para producción de heno y cuyo aprovechamiento se somete a las normas de la junta vecinal.

Los prados concejo pertenecen al conjunto de vecinos de un pueblo, y su sistema de aprovechamiento sigue las normas de la junta vecinal, transmitidas de generación en generación durante siglos. Los prados se reparten anualmente entre los vecinos y, juntos, siegan sus parcelas a comienzos del verano. En otoño y durante el invierno, el ganado de todos los vecinos puede pacer y aprovechar a diente el pasto herbáceo que crece con la lluvia. En primavera tiene que crecer la hierba y por eso el ganado ha de recogerse y desaparecer.

Estas prácticas ganaderas han dado lugar a la formación de comunidades herbáceas de alto valor productivo pero también de alto valor ecológico, según se recoge en la Directiva de Hábitats (92/43/CEE) que a su vez protege la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España. La supervivencia de este carácter colectivo, en un régimen dominado por la propiedad privada, añade a estos espacios un valor patrimonial institucional que se suma a los valores ecológicos y productivos mencionados.

En el Valle del Nansa aún se pueden identificar los “prados concejo” de los pueblos de Tudanca, La Lastra y Santotís, en el municipio de Tudanca, y el de San Sebastián de Garabandal en el de Rionansa. No obstante, todos ellos han sido abandonados en parte o totalmente a medida que la población se fue envejeciendo y el número de cabezas de ganado descendió. Sólo los dos primeros citados producen cerca de la mitad del forraje necesario para alimentar sus respectivas cabañas ganaderas, pero no ya los otros dos. 

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Elementos de interpretación: Pastos, Ganado